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Lo que debes saber respecto a la devolución de impuestos 2019

viernes, 15 febrero 2019 - 1:07 pm - Noticias
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En Chile Atiende aclaran todas las dudas respecto a la devolución 2019, donde nos explica que quienes hayan emitido boletas menores a cinco sueldos mínimos podrán tener retorno monetario, por lo que son la excepción, junto con las mujeres de más de 50 y hombres sobre los 55 sin importar el monto boleteado.

A partir de abril de 2019, los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios por un monto bruto anual o superior a cinco ingresos mínimos mensuales (un millón 440 mil pesos a la fecha) estarán obligados a cotizar por el 80% de sus rentas brutas anuales, lo que se traduce en cotizaciones por el 17%”.

Los que tengan menos de ese monto, no cotizan y tendrán retorno.

En el caso de los hombres de 55 años o más y las mujeres de 50 años hacia adelante, al 1 de enero de 2018, estarán eximidos, cualquiera sea la cantidad de dinero percibido.

Para los que están sujetos a la normativa, sin las excepciones ya mencionadas, hay gradualidad.

En abril de 2019, la cotización partirá en 10% y el 2020 comenzará el alza paulatina de 0,75%; el noveno año subirá 1% para llegar al 17% el 2028.

 Existen alternativas de cotización

El servicio impuestos internos hace una precisión importante. “Los independientes que emiten boletas de honorarios y están obligados a cotizar podrán optar por dos regímenes que tendrán distinta cobertura de seguridad social”.

Primer régimen corresponde al de “cobertura completa”: desde el primer año (2019) el trabajador destinará el total de su retención de impuestos al pago de sus cotizaciones, las que aumentarán en un plazo de 10 años hasta alcanzar el 17% el 2028.

En este caso, las estimaciones se calculan sobre el 100% de la renta imponible (equivalente al 80% de su renta bruta anual).

Segundo régimen corresponde a “la cobertura parcial”, en que el trabajador podrá cotizar por una renta imponible inferior para salud y pensiones.

Esto quiere decir que el 2019 partirá cotizando sobre un 5% de su renta imponible, el 2020 por el 17%, hasta alcanzar el 100% el 2028.

De esta manera, el 2019 se retendrá el 2,69% para el pago de sus cotizaciones previsionales, devolviendo al trabajador el 7,31%.

En esta modalidad hay un retorno, el que ocurrirá hasta que acabe la aplicación paulatina ya señalada.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que la cobertura de salud (particularmente los subsidios derivados de las licencias médicas) se verá disminuida, porque se calculan sobre la renta cotizada que será de un 5%.

¿Para dónde se va el dinero?

Es la pregunta que todos se hacen. ¿qué se hará con el patrimonio que antes servía para compensar todos esos gastos de comienzos de año? La respuesta: primero lo recaudado se va para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Luego, al Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (Atep).

Asimismo, una parte se dejará para el Seguro de Acompañamiento de Niños y Niñas (Ley Sanna). Otro restante para licencias médicas y subsidios pre y post natal para la madre y el padre (en el caso que se haga efectivo el beneficio).

Y, finalmente, un porcentaje se va para las pensiones según lo informado por Chile Atiende, tras su última actualización informativa.

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